Frente a un quiebre matrimonial y con ello una separación de hechos entre los padres, siempre serán estos ultimos quienes de común acuerdo decidirán con quien de los padres se quedarán viviendo los hijos comunes. Si este acuerdo no fuere posible podrán concurrir a los tribunales de familia compentente en donde será un juez quien con la prueba que tendra a la vista determinara quien de los padres es la persoma mas capacidata para asumir el cuidado personal del niño, niña o adolecente.
Para la presentación de la demanda de cuidado personal necesariamente deberá contar con la representación de un abogado habilitado para el ejercicio de la profesion. En estos procesos judiciales tambien podrán intervenir psicologos, asistentes sociales, psiquiatras, quienes colaborarán con los abogados y poder así determinar el juez quien de los padres es el mas idoneo para hacerse cargo del cuidado de sus hijos, ya que no sólo se considerará el bienestar económico de los pequeños, también, se debe estudiar el entorno, la relación afectiva entre el niño y ambos padres, entre otros factores.